Dicha obligación será asumida por el Servicio de Impuestos Internos, que a partir de la modificación legal, deberá informar directamente a las corporaciones edilicias durante el mes de mayo sobre el monto de dicho capital. No es el caso de aquellos que tengan sucursales, establecimientos, locales u otras unidades de gestión, que sí deberán concurrir el mes de mayo a la municipalidad que corresponda, a declarar el número de trabajadores que se desempeñan en estos.
Basado en estas modificaciones, cada municipio vinculado a una sucursal, establecimiento o unidad de gestión aplicará su(s) propia (s) tasa (s) con el objeto de definir el monto de la proporción de la patente que corresponda. Es por ello que el SII ha dispuesto una mesa de ayuda en el fono (02) 395 11 15 para atender consultas respecto a la descarga de información dispuesta por ese servicio. Asimismo se atenderá a los requerimientos de los usuarios a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., finalmente para encontrar los formularios para las declaraciones necesarias para este servicio, a través de los sitios web de la Asociación Chilena de Municipalidades (www.munitel.cl) y de la Subsecretaría (www.sinim.gov.cl) .