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C11703-22     Amparo       18.11.2022    VALENTINA     Formulación de des-  "Requiero una copia del Decreto Alcaldicio que autoriza el comercio y edifica-  EN TRAMITE
                                                  RIQUELME GUE-  cargos.         ción del Kiosko a las afueras del
                                                  RRERO                          Supermercado Tottus en Barrancas, en la esquina de la calle Cuatro Norte con
                                                                                 Av. Barros Luco.
                                                                                 De no contar con autorización para la edificación estructural, requiero conocer
                                                                                 las infracciones cursadas por la unidad de
                                                                                 inspección Municipal."
         C11655-22     Amparo       17.11.2022    VALENTINA     Formulación de des-  Requiero una copia del Decreto Alcaldicio que autoriza el comercio y edificación   EN TRAMITE
                                                  RIQUELME GUE-  cargos.         del Kiosko a las afueras del Supermercado Tottus en Barrancas, en la esquina de
                                                  RRERO                          la calle Cuatro Norte con Av. Barros Luco. De no contar con autorización para la
                                                                                 edificación estructural, requiero conocer las infracciones cursadas por la unidad
                                                                                 de inspección Municipal.
         C11650-22     Amparo       17.11.2022    VALENTINA     Envío de decisión a   2703 copia del decreto indicado que autoriza comercio y edificación del kiosko   CERRADO
                                                  RIQUELME GUE-  intervinientes.  indicado, entre otros
                                                  RRERO
         C11400-22     Amparo       11.11.2022    JOSE OLGUIN   Formulación de des-  Remitir carpeta completa por actividad industrial Rol 100127 otorgada en el   EN TRAMITE
                                                  ESPINOZA      cargos.          año 2003 con el plano regulador para la zona H-1. Se requiere: Informe/carpeta
                                                                                 Seremi Salud. Informe DOM sobre cumplimiento de uso de suelo. Informe de
                                                                                 cambio de uso de Suelo luego de implementación del plano regulador comunal
                                                                                 actual (2006) Remita certificado de recepcion de instalacion de almacena-
                                                                                 miento instalado fuera del predio anexa a la actividad industrial señalada.
                                                                                 Remita respuesta de Seremi de Salud ante denuncia en el mes de Enero por
                                                                                 causas de contaminacion por acopio de basura y vectores, desprendimiento
                                                                                 de terreno por actividad y finalmente por deposicion de aguas grises y servidas
                                                                                 al predio colindante, en concordancia con lo informado por la Seremi de Salud
                                                                                 en el mes de Diciembre. Se solicita ademas remitir todo antecedente que obre
                                                                                 en poder Rentas en su calidad de unidad otorgante de la Pantente con los
                                                                                 siguientes articulos y su analisis para la entrega de esta patente: Artículo 4.14.1.
                                                                                 Los establecimientos industriales o de bodegaje se clasificarán según su rubro
                                                                                 o giro de actividad para los efectos de la respectiva patente. Artículo 4.14.2. Los
                                                                                 establecimientos industriales o de bodegaje serán calificados caso a caso por
                                                                                 la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, en consideración a los
                                                                                 riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y
                                                                                 comunidad; para estos efectos, se calificarán como sigue: 1. Peligroso: el que por
                                                                                 el alto riesgo potencial permanente y por la índole eminentemente peligrosa,
                                                                                 explosiva o nociva de sus procesos, materias primas, productos intermedios
                                                                                 o finales o acopio de los mismos, pueden llegar a causar daño de carácter
                                                                                 catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del
                                                                                 propio predio. 2. Insalubre o contaminante: el que por destinación o por las
                                                                                 operaciones o procesos que en ellos se practican o por los elementos que se
                                                                                 acopian, dan lugar a consecuencias tales como vertimientos, desprendimientos,
                                                                                 emanaciones, trepidaciones, ruidos, que puedan llegar a alterar el equilibrio del
                                                                                 medio ambiente por el uso desmedido de la naturaleza o por la incorporación
                                                                                 a la biosfera de sustancias extrañas, que perjudican directa o indirectamente la
                                                                                 salud humana y ocasionen daños a los recursos agrícolas, forestales, pecuarios,
                                                                                 piscícolas, u otros. 3. Molesto: aquel cuyo proceso de tratamientos de insumos,
                                                                                 fabricación o almacenamiento de materias primas o productos finales, pueden
                                                                                 ocasionalmente causar daños a la salud o la propiedad, y que normalmente
                                                                                 quedan circunscritos











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