Permisos de Circulación (9)

 Certificado que se entrega a propietarios de Taxis Ejecutivos y Taxis Básicos, para ser presentado ante el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Es un impuesto anual que deben pagar todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que deseen inscribir un vehículo motorizado nuevo. Este impuesto se traduce en un documento otorgado por el municipio, destinado a individualizar al vehículo y a su dueño con el objetivo de que pueda circular por las vías públicas.

 Impuesto que deben pagar todos aquellos que posean camiones, tractocamiones, semirremolques, carros y remolques para acoplar vehículos motorizados. Este impuesto se traduce en un documento destinado a individualizar al vehículo y a su dueño con el objetivo de circular por las vías púbicas.

 Impuesto que deben pagar todos aquellos que posean motonetas, bicimotos, triciclos motorizados de carga y bicicletas con motor. Este impuesto se traduce en un documento destinado a individualizar al vehículo y a su dueño con el objetivo de circular por las vías púbicas.

DOCUMENTOS A PRESENTAR

• Cédula de identidad vigente. De ser extranjero, deberá presentar cédula de Identidad de Extranjero obtenida en Chile.
• Permiso de circulación anterior.
• Certificado de inscripción (padrón).
• Revisión técnica al día.
• Seguro Obligatorio (SOAP).

PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE

• Dirigirse a los módulos 3, 4, 5, 7, 8 y 10 de Ventanilla Única Municipal (Av. Barros Luco 1881, esquina Av. el Molo) para realizar la renovación.
• Se verificarán los documentos y si todos están correctos se emitirá un vale para pagar el permiso en sector Cajas. De lo contrario, se le informarán las correcciones que debe realizar para esta solicitud.
• Puede pagar online en https://sanantonio.vecinodigital.cl/Vecino_Digital/

COSTOS

• Vehículos cuya velocidad máxima no supere los 30 KM/HR, pagarán 1/5 UTM (anual).

OTRAS CONSIDERACIONES
• Estos vehículos deben renovar su permiso de circulación durante el mes de septiembre, teniendo la posibilidad de pagarlo en dos cuotas (septiembre y octubre), siendo la segunda cuota reajustada al IPC del mes de agosto.

 

Redirección a Portal Unidades

  Impuesto que deben pagar todos aquellos que posean automóviles de alquiler, de servicio individual o colectivo (con o sin taxímetro) y/o vehículos de movilización colectiva de pasajeros. Este impuesto se traduce en un documento destinado a individualizar al vehículo y a su dueño con el objetivo de circular por las vías púbicas.

 Impuesto que deben pagar todos aquellos que posean tractores agrícolas o industriales, máquinas automotrices como sembradoras, cosechadoras, bulldozer, palas mecánicas, palas cargadoras, aplanadoras, grúas motoniveladoras, retroexcavadoras, traíllas y otras similares. Este impuesto se traduce en un documento destinado a individualizar al vehículo y a su dueño con el objetivo de circular por las vías púbicas.

 Impuesto que deben pagar todos aquellos que posean automóviles particulares, de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, camionetas, triciclos motorizados de carga y/o motocicletas. Este impuesto se traduce en un documento destinado a individualizar al vehículo y a su dueño con el objetivo de circular por las vías púbicas.

DOCUMENTOS A PRESENTAR
• Cédula de identidad vigente. De ser extranjero, deberá presentar cédula de Identidad de Extranjero obtenida en Chile.
• Permiso de circulación anterior.
• Certificado de inscripción (padrón).
• Revisión técnica al día.
• Seguro Obligatorio (SOAP).

PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
• Dirigirse a los módulos 3, 4, 5, 7, 8 y 10 de Ventanilla Única Municipal (Av. Barros Luco 1881, esquina Av. el Molo) para realizar la renovación.
• Se verificarán los documentos y si todos están correctos se emitirá un vale para pagar el permiso en sector Cajas. De lo contrario, se le informarán las correcciones que debe realizar para esta solicitud.
• Puede pagar online en http://sanantonio.vecinodigital.cl/vecino_digital/

COSTOS
Vehículos cuyo valor sea:
• Menor a 60 UTM, pagarán el 1% de su precio (anual).
• Mayor o igual a 60 UTM y menor que 120 UTM, pagarán el 2% de su precio (anual).
• Mayor o igual a 120 UTM y menor que 250 UTM, pagarán el 3% de su precio (anual).
• Mayor o igual a 250 UTM y menor que 400 UTM, pagarán el 4% de su precio (anual).
• Mayor o igual a 400 UTM, pagarán el 4.5% de su precio (anual).

OTRAS CONSIDERACIONES
• El valor del vehículo es establecido de manera anual por el Servicio de Impuestos Internos (SII), quién actualiza los precios de acuerdo al modelo, año, marca, etc.
• El costo del permiso no podrá ser inferior a media UTM.
• Estos vehículos deben renovar su permiso de circulación durante el mes de marzo, teniendo la posibilidad de pagarlo en dos cuotas (marzo y agosto), siendo la segunda cuota reajustada al IPC.

Redirección a Portal Unidades

Es la autorización por la ocupación de un bien nacional de uso público para trabajos en la vía pública, instalación de postes, señales publicitarias, eventos, almacenamiento de material temporal, cierres perimetrales de obras en construcción, carros de comida, etc.

Listado de cobros por minuto de estacionamiento en sectores de la comuna.